El azúcar es uno de los nutrientes críticos con más protagonismo de los últimos años, debido, por una parte, a lo perjudicial que es para la salud, y por otra, a que muchos alimentos que no imaginaríamos la llevan (además de los ya conocidos productos de mala calidad nutricional como bollería, galletas, gominolas,…).

Podemos conocer cuánto azúcar añadido tiene un producto alimenticio a través de su etiqueta. Y hay que recordar que cuantos menos azúcares añadidos, mejor.

Si se han añadido azúcares, éstos aparecerán en la LISTA DE INGREDIENTES. En ella deben declararse todos los ingredientes en orden decreciente en peso. Es decir, el primer ingrediente es el más abundante, por lo que el puesto en el que aparezca el azúcar da una pista de la cantidad que lleva el producto.

Esto ha provocado que, con el fin de que el azúcar no aparezca en primer lugar, se añaden otros ingredientes como sirope, jarabe, melaza…, que siguen siendo azúcares, para diversificar la cantidad y no aparecer en los primeros lugares de la lista de ingredientes.

Entre los diferentes “sinónimos” de azúcar que podemos encontrar en una etiqueta se encuentran:

Actualmente, todos los alimentos (salvo algunas excepciones) deben incluir la INFORMACIÓN NUTRICIONAL. Esta información se presenta en forma de tabla con una lista cerrada de elementos entre los que se encuentra el AZÚCAR.

En ella aparecen los gramos de azúcar totales que contiene el producto por cada 100 gramos del mismo.

Se puede dar el caso en el que en la tabla nutricional aparezca cierta cantidad de azúcar, pero si vamos a la lista de ingredientes, el azúcar no aparece, no ha sido añadido. Eso significa que el producto tiene azúcares naturalmente presentes el alimento, como puede ser en los casos de frutas o derivados lácteos, por ejemplo.

Si los azúcares están naturalmente presentes en los alimentos, en el etiquetado deberá figurar asimismo la siguiente indicación: “CONTIENE AZÚCARES NATURALMENTE PRESENTES”.

PRODUCTOS “SIN AZÚCAR”, “SIN AZÚCARES AÑADIDOS”

Debido a la mala imagen actual del azúcar, mucho productos se publicitan con reclamos como “sin azúcar”, “sin azúcares añadidos”, “0% azúcares”,…..

Para que un producto pueda promocionarse con ese tipo de mensajes tiene que cumplir con los requisitos que establece la legislación al respecto, en este caso la legislación relativa a declaraciones nutricionales y de propiedades saludables.

En el caso del azúcar, para que pueda incluir ese tipo de declaraciones en el etiquetado debe cumplir con lo siguiente:

BAJO CONTENIDO DE AZÚCAR

Solamente puede declararse si el producto no contiene más de 5 g de azúcar por 100 g en el caso de los sólidos o 2,5 g de azúcar por 100 ml en el caso de los líquidos.

SIN AZÚCAR

Se podrá indicar si el producto no contiene más de 0,5 g de azúcar por 100 g o 100 ml.

SIN AZÚCARES AÑADIDOS

Solo se puede declarar si no se ha añadido al producto ningún monosacárido ni disacárido, ni ningún alimento utilizado por sus propiedades edulcorantes.

CONTENIDO REDUCIDO EN AZÚCARES

Se ha reducido al menos un 30 % el contenido en azúcares, comparándolo con un producto similar. Además, las kilocalorías de ese alimento tendrán que ser iguales o inferiores al de ese producto con el que se compara.

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